El Programa de Recuperación Productiva para Arrendatarios tiene el objeto de acompañar y asistir a productoras y productores arrendatarios bonaerenses declarados en emergencia y/o desastre agropecuario en los términos de la Ley N° 10.390 y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 7282/86. El programa brindarÔ una asistencia económica a los productores bonaerenses arrendatarios, en forma segmentada según la escala y hasta un tope mÔximo de hectÔreas en producción. La asistencia económica serÔ similar a los beneficios que obtiene de Arba un productor propietario.
En el marco de la iniciativa, los beneficiarios recibirĆ”n como incentivo un aporte no reintegrable en función de la superficie arrendada, el porcentaje de afectación y el impuesto inmobiliario rural correspondiente a ese perĆodo.
El aporte no reintegrable se calcularĆ” de acuerdo a la siguiente fórmula: Ćndice de afectación (IA) x Monto correspondiente al inmobiliario rural para el perĆodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2023.
Para afectaciones superiores al 80%, el Ćndice de superficie/afectación se calcularĆ” de acuerdo a la siguiente escala:
Hasta 100 hectƔreas, el IA serƔ de 1
Entre 101 y 200 ha, 0.8
Entre 201 y 600 ha, 0.6
Entre 601 y 1000 ha, 0.4
Documentación a presentar:
a) NĆŗmero de certificado de emergencia
b) Inscripción al AgroRegistro MiPyMEs (RESO-2020-7-GDEBA-MDAGP);
d) Contrato de arrendamiento rural de las partidas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario debidamente inscripto en los registros correspondientes;
e) Liquidación del impuesto inmobiliario rural e inmobiliario rural complementarios de las partidas alcanzadas correspondiente al año 2023;
f) Constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su titularidad.
Para mĆ”s información dirigirse a Casa de Campo, calle 22 esquina 103 o vĆa mail a produccion@navarro.gob.ar.




