Ganancias. Claves para no fallar en la presentación Web

A partir del pasado Lunes 7 de mayo se habilitó el nuevo servicioĀ ā€œGANANCIAS WEB – PERSONAS HUMANASā€Ā para la carga de las Declaraciones Juradas de Ganancias para Personas Humanas, el mismo deberĆ” ser habilitado a travĆ©s del Administrador de Relaciones. Este nuevo servicio reemplaza al aplicativo que corrĆ­a bajo entornoĀ SIAP. A fines de facilitar la tarea, […]

A partir del pasado Lunes 7 de mayo se habilitó el nuevo servicioĀ ā€œGANANCIAS WEB – PERSONAS HUMANASā€Ā para la carga de las Declaraciones Juradas de Ganancias para Personas Humanas, el mismo deberĆ” ser habilitado a travĆ©s del Administrador de Relaciones. Este nuevo servicio reemplaza al aplicativo que corrĆ­a bajo entornoĀ SIAP.

A fines de facilitar la tarea, la AFIP  publicó un instructivo en donde detalla los pasos a seguir para confeccionar la Declaración Jurada.

ĀæQUIƉNES DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIƓN JURADA?

Determinativa

Declaración Jurada determinativa del impuesto: Quienes se encuentren inscriptos en el gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal.

DATO ADICIONAL: La Declaración jurada determinativa Impuesto sobre los Bienes Personales debe presentarla quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes superen para el período 2017 los $ 950.000.

– ElĀ PlazoĀ para presentar las DDJJ Determinativas vence en junio segĆŗn las terminaciones del Cuit.

Informativa

Declaración Jurada Informativa (tanto para Ganancias como para Bienes Personales): Quienes hayan obtenido ingresos brutos, durante el período fiscal 2017, iguales o superiores a $ 1.000.000, incluso por actividades exentas del Impuesto a las Ganancias, por:

  • El desempeƱo de cargos pĆŗblicos nacionales, provinciales, municipales.
  • El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.
  • Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas.

– ElĀ PlazoĀ para presentar las DDJJ informativas vence el 2 de julio próximo.

ĀæQUƉ DEBERƁN INFORMAR EN AMBOS CASOS?

  • El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.
  • El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada aƱo, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.

El servicio Web permite GUARDAR los datos que se van cargando.

Es importante destacar que al día de hoy se han presentado una serie de inconvenientes con la aplicación Web a la hora de cargar los datos, entre ellos podemos mencionar:

  • El servicio deberĆ­a traer incorporada la información declarada el aƱo pasado mediante el aplicativo SIAP para el perĆ­odo fiscal 2016, pero actualmente presenta falta de traslado de algunos bienes y deudas.
  • Respecto a las cuentas bancarias, las mismas se trasladan desde el aplicativo anterior, pero el servicio Web solicita como datos obligatorios la carga manual del nĆŗmero de cuenta y de la CUIT del banco.
  • Dada la gran cantidad de datos obligatorios que se deben ingresar, el tiempo que demanda la confección de la Declaración Jurada serĆ” mayor al habitual, teniendo en cuenta ademĆ”s que como suele suceder en estos casos, es posible que al ingresar al servicio para iniciar la carga de datos el mismo se encuentre ā€œMomentĆ”neamente no disponible por tareas de mantenimientoā€.

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