Atención pintores y artistas. Importante certamen del Colegio de Abogados de Mercedes

XXXIX Ā SALƓN DE PINTURA COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MERCEDES El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes (B) organiza un certamen que se regirĆ” por el siguiente REGLAMENTO. Art. 1°: PodrĆ”n participar los artistas plĆ”sticos mayores de edad que residan en la Provincia de Buenos Aires. Art. 2°: SerĆ”n recibidas con […]

XXXIX Ā SALƓN DE PINTURA

COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MERCEDES

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes (B) organiza un certamen que se regirĆ” por el siguiente REGLAMENTO.

Art. 1°: PodrÔn participar los artistas plÔsticos mayores de edad que residan en la Provincia de Buenos Aires.

Art. 2°: SerĆ”n recibidas con destino al Salón obras originales comprendidas en la expresión plĆ”stica ā€œpinturaā€ que no hayan sido presentadas en otras muestras o salones, cualquiera sea su tĆ©cnica o procedimiento. Las obras deben tener un mĆ”ximo de ciento diez (110 cm.) centĆ­metros, medida horizontal, incluido marco, y deben presentarse preparadas para colgar.

Art. 3°: No serÔn admitidas las siguientes obras:

Las no comprendidas en los Arts. 1° y 2° del presente reglamento.

Los cuadros sin marco, excepto cuando Ʃste resultare innecesario.

Las de autores que ya hayan obtenido primer premio adquisición, salvo en ocasiones especiales que se indiquen puntualmente en el reglamento. Sin embargo, estos autores pueden participar en la muestra como invitados con una obra que respete las condiciones del art. 2°.

Las de artistas fallecidos.

DE LA RECEPCIƓN

Art. 4°: Las obras destinadas al Salón deberĆ”n presentarse en la Sede Central, sita en calle 24 N° 705 esq. 29 – 2° piso, de la ciudad de Mercedes (B), de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 entre los dĆ­as 21 y 25 DE OCTUBRE DE 2024 (ambos inclusive)

Art. 5°: Los participantes podrÔn enviar hasta dos (2) obras.

Art. 6°: Al entregar sus obras los autores o sus apoderados acreditarÔn su identidad recibiendo al mismo tiempo una boleta por triplicado, que contendrÔ los siguientes datos: nombre y apellido, domicilio, localidad, nacionalidad, título de la obra, procedimiento, dimensiones, precio. La boleta de inscripción tiene carÔcter de declaración jurada. El original de la boleta quedarÔ en poder del Colegio de Abogados, el duplicado serÔ adherido al dorso de la obra y el triplicado quedarÔ en poder de su autor para su devolución.

DEL JURADO DE SELECCIƓN PARA LA MUESTRA Y SELECCIƓN DE PREMIOS.

Art. 7°: El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes procurarÔ la participación de un Jurado especializado integrado por tres (3) miembros, o bien dispondrÔ su integración con artistas plÔsticos de reconocida actuación profesional. Los miembros del Jurado no podrÔn adquirir por sí o a través de terceros, ninguna de las obras presentadas.

Art. 8°. SerÔ obligación del Jurado:

Examinar los trabajos presentados.

Determinar cuÔles de ellos participarÔn de la muestra pictórica a realizarse.

Seleccionar las obras que serƔn premiadas y especificar cuƔl premio corresponde a cada una de ellas.

Art. 9°: El Jurado podrÔ otorgar menciones especiales a las obras que considere reúnan méritos suficientes. Las menciones no implican orden de prelación.

Art. 10°: Todas las resoluciones del Jurado serÔn inapelables.

DE LOS PREMIOSĀ Ā 

Art. 11°:

-PRIMER PREMIO ADQUISICION: $ 500.000 (PESOS QUINIENTOS MIL), MEDALLA Y DIPLOMA.

-SEGUNDO PREMIO: MEDALLA Y DIPLOMA.

-TERCER PREMIO: MEDALLA Y DIPLOMA.

-CUARTO PREMIO: MEDALLA Y DIPLOMA.

Art. 12°: Los premios son indivisibles y podrÔn declararse desiertos.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 13°: La presentación de la obra implica el conocimiento de todas las clÔusulas del presente reglamento.

Art. 14°: El envío de las obras hasta o desde los lugares de origen es por cuenta y riesgo exclusiva de los participantes. El Colegio de Abogados no tomarÔ a su cargo ninguna gestión al respecto, ni reconoce gasto alguno en cuanto a acarreo, fletes y seguro.

Art. 15°:  Las obras no retiradas, luego de cumplidos los sesenta días desde el cierre de la Exposición, tendrÔn el destino que el Colegio de Abogados determine, perdiendo el dueño el derecho a reclamarla.

Art. 16°: Todo caso no previsto en este reglamento, serÔ resuelto por la Comisión de Extensión Sociocultural del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes con carÔcter de inapelable.

Art. 17°: El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, velarÔ por la buena conservación de las obras, pero no se harÔ responsable por destrucción, pérdida, extravío o robo.

CALENDARIO DEL XXXIX SALON ANUAL DE PINTURA:

Art. 18°:

-PERIODO DE DIFUSIƓN: SEPTIEMBRE / OCTUBRE 2024.

-RECEPCIƓN DE OBRAS: 21 AL 25 DE OCTUBRE DE 2024Ā Ā  DE 8.30 A 13.00.

-ACTUACION DEL JURADO: SABADO 26 DE OCTUBRE DE 2024.

-ACTO ENTREGA DE PREMIOS E INAUGURACION: SABADO 2 DE NOVIEMBRE DE 2024Ā A LAS 19.00.Ā 

-EXPOSICIƓN: DEL 4 AL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024, DEĀ  8.30 A 13.30.

 

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